Micelio

Artículo 35

En Las Regiones Donde Por Circunstancias Especiales, No Pueda Autorizarse La Prestación Del Servicio A Empresas De Una Sola Modalidad, Podrá Otorgarse En Forma Mixta Y De Preferencias En Las Áreas Sub-Urbanas Y Rurales

Decreto 1393 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional del Transporte Terrestre Automotor

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las regiones donde por circunstancias especiales, no pueda autorizarse la prestación del servicio a empresas de una sola modalidad, podrá otorgarse en forma mixta y de preferencias en las áreas sub-urbanas y rurales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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