° ningún automóvil oficial podrá consumir por-cuenta del Erario Público más de 200 galones de gasolina mensualmente. Comuníquese y publíquese.
Decreto 755 de 1949 →Vigente
Artículo 7
Ningún Automóvil Oficial Podrá Consumir Por-Cuenta Del Erario Público Más De 200 Galones De Gasolina Mensualmente
Decreto 755 de 1949 · por el cual se reglamentan los artículos 17 y 18 de la Ley 141 de 1948.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.