Micelio

Artículo 7

Ningún Automóvil Oficial Podrá Consumir Por-Cuenta Del Erario Público Más De 200 Galones De Gasolina Mensualmente

Decreto 755 de 1949 · por el cual se reglamentan los artículos 17 y 18 de la Ley 141 de 1948.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° ningún automóvil oficial podrá consumir por-cuenta del Erario Público más de 200 galones de gasolina mensualmente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 755 de 1949