Micelio

Artículo 5

º

Decreto 4664 de 2006 · por el cual se modifica el Decreto 1737 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Transitorio. Los servicios de medicina alternativa y terapias complementarias que a la vigencia del presente decreto, realicen preparaciones de medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales dispondrán de seis (6) meses para adecuarse a lo establecido en el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4664 de 2006