°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que sean contrarias.
Decreto 1607 de 2024 →Vigente
Artículo 2
Vigencia
Decreto 1607 de 2024 · por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2.2.6.1.8. del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.