Micelio

Artículo 12

Protección De La Avifauna Y Los Murciélagos

Decreto 545 de 2026 · Por medio del cual se establecen directrices para el ordenamiento ambiental de la sabana de bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Protección de la avifauna y los murciélagos. Para proteger la avifauna y los murciélagos de la sabana de bogotá y mitigar el impacto generado por las edificaciones, las corporaciones autónomas regionales y las autoridades ambientales a las que se refiere el artículo 66 de la ley 99 de 1993, con el apoyo técnico y científico de los institutos de investigación del sistema nacional ambiental en el marco de sus funciones y competencias, formularán y adoptarán guías para evitar colisiones de aves, incluyendo medidas como la reducción de reflejos y transparencias, minimizar la dispersión lumínica y disuadir la percha y anidación, entre otros, asegurando que dichas medidas no causen daño alguno a sus poblaciones. Las mismas diferenciarán entre edificaciones nuevas y existentes, se armonizarán con la normatividad urbanística y ambiental vigente e incluirán responsables por cada una las medidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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