° . Los fondos destinados para esas obras serán manejados por el Tesorero Municipal de Tocaima, quien asegurará la inversión de los fondos nacionales a la Contraloría General de la República, entidad a la cual rendirá las cuentas respectivas.
Decreto 1147 de 1938 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1147 de 1938 · Por el cual se reglamentan los artículos 2° a 5° de la Ley 6ª de 1937
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.