Micelio

Artículo 2

Decreto 1147 de 1938 · Por el cual se reglamentan los artículos 2° a 5° de la Ley 6ª de 1937

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Los fondos destinados para esas obras serán manejados por el Tesorero Municipal de Tocaima, quien asegurará la inversión de los fondos nacionales a la Contraloría General de la República, entidad a la cual rendirá las cuentas respectivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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