Micelio

Artículo 22

Decreto 1665 de 2002 · por el cual se establecen los estándares de calidad de los programas de Especializaciones Médicas y Quirúrgicas en Medicina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Verificación de información y emisión de conceptos. La Comisión Nacional de Doctorados y Maestrías emitirá concepto con base en la revisión documental y en las visitas de evaluación, realizadas por pares académicos externos, tanto a la institución de educación superior, como a los escenarios de práctica. Los pares académicos serán designados por la Comisión Nacional de Doctorados y Maestrías de su banco de pares, el cual será actualizado y fortalecido con la cooperación de la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina, Ascofame.

Parágrafo

La duración del proceso de verificación de cada programa no podrá exceder de diez (10) meses, contados a partir de la fecha de radicación de la información.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1665 de 2002