Micelio

Artículo 15

Decreto 1471 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos internos de la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, Prosocial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Director Ejecutivo, además de las señaladas en el artículo 27 del Decreto 1050 de 1968, las siguientes

a)

Ejecutar las disposiciones del Consejo Directivo;

b)

Dirigir y controlar la actividad administrativa, técnica y financiera de la entidad, y la ejecución de las funciones y programas de esta;

c)

Mantener relaciones con las diversas instituciones, en especial con aquellas entidades cuyos objetivos sean afines con los de la Empresa;

d)

Celebrar y autorizar los contratos que se requieran para el cumplimiento del objeto institucional de la Entidad, previo el lleno de los requisitos legales;

e)

Presentar al Consejo Directivo el informe anual de actividades;

f)

Nombrar, contratar y remover los servidores públicos de la entidad y en general dirigir, coordinar, y controlar las actividades de administración de personal, de conformidad con las disposiciones que regulan la materia y los presentes estatutos. En desarrollo de ello podrá dar posesión, promover, trasladar, suspender, sancionar, remover y en general dictar y ejecutar los actos necesarios, para la administración del personal al servicio de la Promotora;

g)

Fijar para los trabajadores oficiales, la remuneración de acuerdo con la Convención Colectiva de Trabajo, previa aprobación del Consejo Directivo, dentro de las normas legales vigentes, parámetros y políticas impartidas por el Gobierno Nacional;

h)

Someter a consideración y aprobación del Consejo Directivo el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos de cada vigencia, los planes, programas y proyectos y demás iniciativas que estime convenientes para el buen funcionamiento de la Promotora;

i)

Representar a la Promotora como persona jurídica en todos los actos y contratos, extrajudicial o judicialmente y en este caso, ya sea que actúe como demandante, demandado, coadyuvante o tercero pudiendo designar apoderados;

j)

Decretar el incumplimiento, la caducidad administrativa y la terminación e interpretación unilateral de los contratos que celebre la Entidad, conforme a las normas sobre la materia;

k)

Ordenar los gastos, dirigir y controlar la ejecución del presupuesto y demás operaciones financieras de la Promotora;

l)

Representar las acciones e intereses de la Promotora o Empresas de cualquier índole, facultad que puede ser delegada;

m)

Establecer el Manual de Funciones y Requisitos de los empleos de la Promotora y todos aquellos que se requieran para el eficiente funcionamiento de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes;

n)

Cumplir y hacer cumplir las decisiones del Consejo Directivo y demás normas reguladoras de la marcha de la Empresa;

o)

Crear los grupos internos de trabajo, de acuerdo con la estructura interna, planes, programas, proyectos y necesidades del servicio;

p)

Además de las funciones que le señalen las leyes, los decretos, los acuerdos y los presentes Estatutos, el Director Ejecutivo cumplirá todas aquellas funciones que se relacionen con la organización y funcionamiento de la Promotora y que no se hallen expresamente atribuidas a otra autoridad, y las que le asigne o delegue el Consejo Directivo;

q)

Delegar parcialmente, una o varias de las funciones que aquí se le asignan, previa autorización del Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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