El Subdirector de Prestaciones Asistenciales es competente para
Aprobar los estatutos, reconocer personerías jurídicas y aprobar las reformas estatutarias de las asociaciones de pensionados cuando la cobertura comprenda más de una Dirección Regional o sean de carácter nacional y cancelarlas de acuerdo a la ley.
Resolver los recursos interpuestos contra las providencias proferidas por la División de Servicios Sociales y de las Direcciones Regionales, según el caso.
Las demás que le sean asignadas por ley o reglamento. DIVISION SERVICIOS SOCIALES.