Micelio

Artículo 10

El Subdirector De Prestaciones Asistenciales Es Competente Para: 1

Decreto 1096 de 1991 · por el cual se asignan competencias a las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Subdirector de Prestaciones Asistenciales es competente para

1.

Aprobar los estatutos, reconocer personerías jurídicas y aprobar las reformas estatutarias de las asociaciones de pensionados cuando la cobertura comprenda más de una Dirección Regional o sean de carácter nacional y cancelarlas de acuerdo a la ley.

2.

Resolver los recursos interpuestos contra las providencias proferidas por la División de Servicios Sociales y de las Direcciones Regionales, según el caso.

3.

Las demás que le sean asignadas por ley o reglamento. DIVISION SERVICIOS SOCIALES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1096 de 1991