Acompañamiento para la Generación de Capacidades . Los pueblos que decidan administrar el SEIP y no cumplan con los requisitos para asumir la administración del SEIP, definirán a través de sus estructuras de gobierno propio en concertación con el Ministerio de Educación Nacional y el acompañamiento de la CONTCEPI, el proceso técnico y financiero para generar las capacidades exigidas.
Decreto 481 de 2025 →Vigente
Artículo 99
Acompañamiento Para La Generación De Capacidades
Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.