Medidas cautelares adoptadas por otras autoridades. El presente Decreto no se aplicará cuando la suspensión de la operación aduanera o medida cautelar de otra naturaleza la ordene una autoridad competente, distinta de la de la autoridad aduanera. En tal evento, la autoridad aduanera aplicará la medida de que se trate, de acuerdo a la providencia respectiva. CAPÍTULO IV Directorio de titulares
Decreto 390 de 2016 →Vigente
Artículo 623
Medidas Cautelares Adoptadas Por Otras Autoridades
Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.