Micelio

Artículo 2

La Dirección General De Aeronáutica Civil Funcionará Bajo Las Órdenes De Un Director, Y Queda Encargado De La Reglamentación, Supervigilancia Y Control De Los Siguientes Asuntos: Personal, Material E Instalaciones De La Aeronáutica Civil; Campos, Aduanas Y Rutas; Servicios De Seguridad Aérea, Como Radio-Aeronáutica Y Aerología; Personerías Jurídicas De Las Empresas De Transportes Aéreos; Tarifas E Itinerarios, Mantenimiento Y Operaciones De Las Mismas; Licencias Del Personal De Vuelo, Técnico Y Especialista; Toda Clase De Trabajos Aéreos; Escuelas Civiles Y Aviación De Turismo; Policía Aérea; Y, En General, De Todo Lo Relativo A Las Actividades, Personal E Instalaciones Del Ramo De Aviación Civil

Decreto 969 de 1947 · por el cual se crea y organiza la Dirección General de Aeronáutica Civil y se reglamentan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Dirección General de Aeronáutica Civil funcionará bajo las órdenes de un Director, y queda encargado de la reglamentación, supervigilancia y control de los siguientes asuntos: Personal, material e instalaciones de la Aeronáutica Civil; campos, aduanas y rutas; servicios de seguridad aérea, como radio-aeronáutica y aerología; personerías jurídicas de las empresas de transportes aéreos; tarifas e itinerarios, mantenimiento y operaciones de las mismas; licencias del personal de vuelo, técnico y especialista; toda clase de trabajos aéreos; escuelas civiles y aviación de turismo; policía aérea; y, en general, de todo lo relativo a las actividades, personal e instalaciones del ramo de Aviación Civil.

Parágrafo 1

Corresponde también a la Dirección estudiar la posición internacional del país en el ramo de la Aeronáutica Civil, con especial referencia a los convenios y pactos internacionales y a los trabajos de las comisiones especiales y permanentes, y proponer al Ministerio de Relaciones Exteriores las medidas que estime conveniente adoptar.

Parágrafo 2

Igualmente queda a cargo la Dirección estudiar y elaborar los proyectos de leyes referentes al régimen y desarrollo del ramo de Aeronáutica Civil y los decretos reglamentarios de la legislación actual o posterior en esta materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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