Micelio

Artículo 2

La Dirección General De Aeronáutica Civil Funcionará Bajo Las Órdenes De Un Director, Y Queda Encargado De La Reglamentación, Supervigilancia Y Control De Los Siguientes Asuntos: Personal, Material E Instalaciones De La Aeronáutica Civil; Campos, Aduanas Y Rutas; Servicios De Seguridad Aérea, Como Radio-Aeronáutica Y Aerología; Personerías Jurídicas De Las Empresas De Transportes Aéreos; Tarifas E Itinerarios, Mantenimiento Y Operaciones De Las Mismas; Licencias Del Personal De Vuelo, Técnico Y Especialista; Toda Clase De Trabajos Aéreos; Escuelas Civiles Y Aviación De Turismo; Policía Aérea; Y, En General, De Todo Lo Relativo A Las Actividades, Personal E Instalaciones Del Ramo De Aviación Civil

Decreto 969 de 1947 · por el cual se crea y organiza la Dirección General de Aeronáutica Civil y se reglamentan sus funciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Dirección General de Aeronáutica Civil funcionará bajo las órdenes de un Director, y queda encargado de la reglamentación, supervigilancia y control de los siguientes asuntos: Personal, material e instalaciones de la Aeronáutica Civil; campos, aduanas y rutas; servicios de seguridad aérea, como radio-aeronáutica y aerología; personerías jurídicas de las empresas de transportes aéreos; tarifas e itinerarios, mantenimiento y operaciones de las mismas; licencias del personal de vuelo, técnico y especialista; toda clase de trabajos aéreos; escuelas civiles y aviación de turismo; policía aérea; y, en general, de todo lo relativo a las actividades, personal e instalaciones del ramo de Aviación Civil.

Parágrafo 1

Corresponde también a la Dirección estudiar la posición internacional del país en el ramo de la Aeronáutica Civil, con especial referencia a los convenios y pactos internacionales y a los trabajos de las comisiones especiales y permanentes, y proponer al Ministerio de Relaciones Exteriores las medidas que estime conveniente adoptar.

Parágrafo 2

Igualmente queda a cargo la Dirección estudiar y elaborar los proyectos de leyes referentes al régimen y desarrollo del ramo de Aeronáutica Civil y los decretos reglamentarios de la legislación actual o posterior en esta materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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