De las auditorías especiales ante las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas. Corresponde a las Auditorías Especiales ante las Entidades Descentralizados Nacionales, desarrollar las siguientes funciones
Coordinar las actividades de las Auditorías Regionales y Revisorías Delegadas que de ella dependan;
Realizar el control fiscal en sus etapas integradas, a excepción del que le corresponde ejercer a la División de Examen de Cuentas, sobre los fondos, valores y bienes y sobre el movimiento contable y presupuestario del organismo ante el cual estén destacadas;
Proponer las medidas necesarias para el buen funcionamiento de los auditorios bajo su coordinación;
Asesorar a las Auditorías bajo su coordinación; legadas que de ella dependan;
Asistir y asesorar a la dependencia ante la cual actúan en la solución de los problemas relacionados con la auditoría:
Informar periódicamente a la Jefatura de la División y a la Auditoría General sobre el desarrollo de sus funciones.