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Artículo 22

Sistema De Toma De Decisiones Dentro Del Consejo Regional

Ley 2199 de 2022 · Por medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y se expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Regional tomará sus decisiones de acuerdo con los siguientes criterios:

1.

En las decisiones del Consejo Regional se promoverá el consenso, tal como lo establece el artículo 325 de la Constitución.

2.

Según lo contemplado en el artículo 325 de la Constitución Política, para las decisiones referentes al nombramiento y retiro del Director, y los aportes, gastos y las inversiones de la Región Metropolitana se requerirá la aceptación de la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Gobernación de Cundinamarca.

3.

El cuórum deliberatorio se constituye con una cuarta parte de los miembros del Consejo Regional y el cuórum decisorio con las tres cuartas partes de los miembros del Consejo Regional. El delegado del Gobierno nacional no se contabilizará para la determinación del cuórum.

4.

Las decisiones referentes a cada área temática se tomarán por los municipios que integren su respectivo ámbito geográfico.

Parágrafo 1

°. De no existir consenso en la primera votación, se procederá de la siguiente manera:

1.

Se utilizará la moción de insistencia hasta por tres veces.

2.

Se conformará una subcomisión que presentará un informe al Consejo Regional para la insistencia.

3.

Se tomará la decisión por mayoría absoluta, y en todo caso, la decisión deberá contar con el voto favorable de la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Gobernación de Cundinamarca.

Parágrafo 2

Cuando una decisión afecte directamente a uno o varios municipios o al Distrito Capital, el Consejo Regional establecerá, en el acuerdo que adopta la decisión, las medidas que compensen y mitiguen los impactos generados, las cuales serán concertadas con el respectivo municipio previo a la aprobación de la decisión.

Parágrafo 3

El Consejo Regional definirá en su estatuto el procedimiento para la aplicación de lo establecido en el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2023
    C-015/23ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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