Los Contratos Sobre Importación De Tecnología Que Se Sometan A La Aprobación Del Comité De Regalías Y De La Oficina De Cambios Deberán Contener, Por Lo Menos, Cláusulas Sobre Las Siguientes Materias: A) Identificación De Las Modalidades Que Vista La Transferencia De Tecnología; B) Valor Contractual De Cada Uno De Los Elementos Involucrados En La Transferencia De Tecnología; C) Determinación Del Plazo De Vigencia, Y C) Forma De Pago
Decreto 1234 de 1972 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos-leyes 444 y 688 de 1967
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Los contratos sobre importación de tecnología que se sometan a la aprobación del Comité de Regalías y de la Oficina de Cambios deberán contener, por lo menos, cláusulas sobre las siguientes materias
a)
Identificación de las modalidades que vista la transferencia de tecnología;
b)
Valor contractual de cada uno de los elementos involucrados en la transferencia de tecnología;
c)
Determinación del plazo de vigencia, y c) Forma de pago.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.