Micelio

Artículo 2

Del Decreto 2620 De Octubre 26 De 1979, Antes Del 15 De Febrero De 1982

Decreto 896 de 1981 · Por el cual se determina un plazo para obtener reconocimiento de la asimilación de que trata el Decreto 2620 de 1979.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Para obtener el reconocimiento de la asimilación con efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1980, los educadores mencionados en el artículo anterior deberán comprobar que presentaron su formulario debidamente diligenciado antes del 31 de diciembre de 1979 y que, además, acreditaran los documentos exigidos en el artículo 2º del Decreto 2620 de octubre 26 de 1979, antes del 15 de febrero de 1982. Para los educadores que presentaron o presenten el formulario después del 31 de diciembre de 1979 la asimilación surtirá efectos fiscales a partir de la fecha en la cual fue recibido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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