°. Funciones de la Junta Directiva . Son funciones de la Junta Directiva, además de las señaladas en la Ley 489 de 1998, las siguientes
Orientar el funcionamiento general de la Entidad y verificar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas adoptados y de conformidad con las políticas del Ministerio de Salud y Protección Social.
Aprobar el plan estratégico de largo, mediano y corto plazo de la Entidad y los planes operativos.
Formular los criterios generales para la administración de los recursos conforme a lo establecido en la Ley 1753 de 2015.
Solicitar y conocer los informes de gestión de la Entidad, con el fin de hacer las recomendaciones a que haya lugar.
Impartir las directrices de coordinación intra e interinstitucionales para la ejecución de las actividades a cargo de la Entidad.
Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por el Director General de la Entidad y aprobar sus estados financieros.
Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Entidad.
Estudiar y aprobar las modificaciones al presupuesto de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 115 de 1996 y normas que regulen la materia.
Aprobar, a propuesta del Director General de la Entidad, la política de mejoramiento continuo de la Entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
Aprobar las propuestas de modificaciones a la estructura y planta de personal de la Entidad para su trámite y aprobación ante el Gobierno nacional. 11 .Adoptar el Código de Buen Gobierno de la Entidad y establecer los mecanismos para la verificación de su cumplimiento. 12. Aprobar, adoptar y modificar su propio reglamento. 13. Las demás funciones que le señalen la ley y el reglamento.