Artículo séptimo. Fijanse las siguientes asignaciones mensuales para el personal de Oficinas Directas del Ministerio de Correos y Telégrafos, que a continuación se expresa: SECCION DE PERSONAL Subjefe Oficial de Fianzas, con $ 360. Mayor valor mensual 30.00 SECCION DE CONTROL Y PRESUPUESTO Jefatura. Subjefe Oficial de Fianzas, con $ 360. Mayor valor mensual 30.00 SECCION DE CONTROL Y PRESUPUESTO Jefatura. Subjefe, con $ 360. Mayor valor mensual 30.00 Habilitación. Habilitado Pagador, con $ 480. Mayor valor mensual 51.00 Suma $111.00
El gasto que ocasione el cumplimiento del presente artículo, se imputará al Capítulo 84, artículo 1782, del Presupuesto vigente.