Micelio

Artículo 28

Son Funciones De La Lección Postal Internacional A) Estudiar Los Convenios Y Recomendaciones Internacionales, Para Lograr Su Aplicación Práctica En La Prestación De Los Servicios Postales Del País; B) Recoger Y Compilar En Forma Clara Y Metódica, Para Que Sean Utilizadas En La Prestación De Los Servicios Postales, Las Normas Sobre Legislación Postal Internacional; C) Preparar Y Recomendar Ponencias Para Las Reuniones De Los Organismos Postales Internacionales O Proyectar Acuerdos Y Estudiar Y Conceptuar Sobre Aquellos Que Las Administraciones De Otros Países Sometan A Consideración Del Gobierno; D) Tramitar, En Coordinación Con La Oficina Jurídica, La Oportuna Ratificación De Los Convenios Que En Materia Postal Firme Colombia; E) Preparar La Información Para Las Administraciones Postales De Otros Países U Organismos Interventores Del Ramo Sobre Las Disposiciones Que Se Promulguen En Colombia, Relativas A La Introducción O Despacho De Piezas Postales; F) Rendir Concepto Sobre Los Presupuestos Anuales Presentados Por Los Organismos Postales Internacionales A Los Cuales Pertenece Colombia; G) Darle Curso A Los Asuntos Relacionados Con El Intercambio Internacional Postal; H) Estudiar Y Recomendar La Prestación De Nuevos Servicios Postales Internacionales; I) Estudiar El Tráfico Postal Internacional Y Formular Recomendaciones; J) Estudiar En Coordinación Con La Dimisión De Planeamiento Y Rendir Concepto Sobre La Fijación De Tarifas De Los Servicios Postales Internacionales; K) Traducir Y Proponer La Divulgación De Los Documentos Relacionados Con Los Servicios Postales

Decreto 934 de 1964 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 3267 de 20 de diciembre de 1963.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Lección Postal Internacional

a)

Estudiar los convenios y recomendaciones internacionales, para lograr su aplicación práctica en la prestación de los servicios postales del país;

b)

Recoger y compilar en forma clara y metódica, para que sean utilizadas en la prestación de los servicios postales, las normas sobre legislación postal internacional;

c)

Preparar y recomendar ponencias para las reuniones de los organismos postales internacionales o proyectar acuerdos y estudiar y conceptuar sobre aquellos que las administraciones de otros países sometan a consideración del gobierno;

d)

Tramitar, en coordinación con la oficina jurídica, la oportuna ratificación de los convenios que en materia postal firme Colombia;

e)

Preparar la información para las administraciones postales de otros países u organismos interventores del ramo sobre las disposiciones que se promulguen en Colombia, relativas a la introducción o despacho de piezas postales;

f)

Rendir concepto sobre los presupuestos anuales presentados por los organismos postales internacionales a los cuales pertenece Colombia;

g)

Darle curso a los asuntos relacionados con el intercambio internacional postal;

h)

Estudiar y recomendar la prestación de nuevos servicios postales internacionales;

i)

Estudiar el tráfico postal internacional y formular recomendaciones;

j)

Estudiar en coordinación con la dimisión de planeamiento y rendir concepto sobre la fijación de tarifas de los servicios postales internacionales;

k)

Traducir y proponer la divulgación de los documentos relacionados con los servicios postales. Capitulo II Ejecución, Operación y Prestación de Servicios

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 934 de 1964