C. Extinción de la bonificación para la asistencia familiar. La bonificación para la asistencia familiar se extingue por razón del cónyuge o compañero(a) permanente siempre que no hubiere hijos a cargo habidos dentro de la unión por los que exista el derecho a percibirlo, en los siguientes casos: a) Por muerte del cónyuge o compañero(a) permanente. b) Por cesación de la vida conyugal en los siguientes casos
Por declaración judicial de nulidad o inexistencia del matrimonio.
Por sentencia judicial de divorcio, válida en Colombia.
Por separación judicial de cuerpos. c) Por terminación de la unión marital de hecho.