A las penas señaladas a los delitos previstos en losArtículos 349 a 352, se agrega siempre la sujeción a la vigilancia especial de las autoridades.
De la estafa y otros fraudes.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
A las penas señaladas a los delitos previstos en losArtículos 349 a 352, se agrega siempre la sujeción a la vigilancia especial de las autoridades.
De la estafa y otros fraudes.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.