Las reuniones de la Junta se harán constar en actas, las cuales, una vez aprobadas, serán autorizadas con las firmas del Presidente y del Secretario de la misma.
Decreto 1733 de 1972 →Vigente
Artículo 22
Las Reuniones De La Junta Se Harán Constar En Actas, Las Cuales, Una Vez Aprobadas, Serán Autorizadas Con Las Firmas Del Presidente Y Del Secretario De La Misma
Decreto 1733 de 1972 · Por el cual se aprueban los Estatutos de Artesanías de Colombia S.A
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.