Articulo 7° El presente Decreto surte efectos fiscales a partir del 1° de marzo de 1976. para los empleados que estuvieren prestando sus servicios a la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en dicha fecha y sean incorporados a la Planta de Personal a que se refiere el presente Decreto. Para quienes hubieren ingresado con posterioridad, surtirá efectos fiscales a partir de la fecha de su posesión.
Decreto 1296 de 1976 →Vigente
Artículo 7
El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Marzo De 1976
Decreto 1296 de 1976 · Por el cual se establece la Planta de Personal de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.