Micelio

Artículo 9

Ley 74 de 1926 · Sobre fomento a la agricultura y a la inmigración y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a fundar tres estaciones experimentales nacionales, lo más cercanas posible a la capital de la República y correspondientes a la zona fría, templada y cálida. Estos campos servirán a la vez que de centros de experimentación científica, de práctica para los estudios que se hagan en el Instituto de agronomía y veterinaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 74 de 1926