El Gobierno procederá a fundar tres estaciones experimentales nacionales, lo más cercanas posible a la capital de la República y correspondientes a la zona fría, templada y cálida. Estos campos servirán a la vez que de centros de experimentación científica, de práctica para los estudios que se hagan en el Instituto de agronomía y veterinaria.
Ley 74 de 1926 →Vigente
Artículo 9
Ley 74 de 1926 · Sobre fomento a la agricultura y a la inmigración y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.