º. Las Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios, así como las entidades descentralizadas del orden nacional, departamental o municipal, dentro de los lineamientos que al efecto determine el Gobierno Nacional, diseñarán en sus respectivas áreas de competencias, mecanismos adecuados de distribución que permitan una efectiva comercialización de los bienes y productos elaborados en las Microempresas de Reabilitación.
Decreto 3286 de 1982 →Vigente
Artículo 9
º
Decreto 3286 de 1982 · Por el cual se crea el Programa Especial de Microempresas de Rehabilitaci?n y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.