Artículo primero. A partir del de enero de 1969 establécese la prima consular en el Servicio Exterior, ne las mismas condiciones relativas a equivalencias, nomenclaturas, grados ocupaciones, zonas de costo de vida y cuantías señaladas para la prima de los funcionarios diplomáticos, de acuerdo con los artículos 1°, y 7° de los Decretos 63 y 65 de 1967, respectivamente.
Decreto 1218 de 1969 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1218 de 1969 · Por el cual se establece la prima consular en el Servicio Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.