Micelio

Artículo 9

º Funciones

Decreto 2488 de 1987 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de los Corregimientos, Intendencias y Comisariales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º FUNCIONES. Las Juntas Administradoras de los Corregimientos Intendenciales y Comisariales cumplirán las siguientes funciones

a)

Asesorar al Corregidor en la administración del respectivo Corregimiento;

b)

Acordar con el Corregidor para proponerlas al Intendente o Comisario, las rentas que al Corregimiento correspondan y el plan de inversiones que deban hacerse cada año en obras de interés local;

c)

Vigilar y controlar la prestación de los servicios públicos en el área de su jurisdicción;

d)

Informar al Intendente o Comisario sobre la marcha de la administración;

e)

Acordar todas las medidas que en la administración de los municipios pueden adoptar los concejos municipales para proponerlas al Corregidor y al Gobierno Intendencial o Comisarial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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