º DE LOS INSTRUMENTOS PARA LA EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN. El Instituto de Seguros Sociales elaborará, para cada uno de los niveles de las áreas administrativas y asistencial de que trata el artículo anterior, un formulario que deberá ser diligenciado en su totalidad conforme a instrucciones que imparta y contendrá la siguiente información
Nivel y área a que corresponda.
Identificación del evaluado.
Período y motivo de la evaluación:
Mención de las sanciones disciplinarias impuestas durante el período que se califica. e)Factores que deben evaluarse teniendo en cuenta los criterios señalados en el artículo 96 del Decreto-Ley 1651 de 1977. f) Identificación del evaluador. g) Observaciones del evaluador. h) Refrendación del superior del evaluador. i) Entrevista entre el evaluado y el evaluador. j) Calificación. k) Notificación de la calificación.