Micelio

Artículo 2

Entre El 15 Y El 28 De Febrero Del Presente Año, La Corte Suprema De Justicia Y Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial, Y Los Respectivos Jueces, Harán Los Nombramientos Para Proveer Los Cargos Que Entrarán A Funcionar A Partir Del 1º De Marzo Del Presente Año, De Conformidad Con El Artículo Anterior

Decreto 229 de 1973 · Por el cual se da cumplimiento a las novedades establecidas en los Decretos - leyes 527, 529 y 531 de 1971, y no contempladas en el Decreto 2459 de diciembre 13 de 1971

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Entre el 15 y el 28 de febrero del presente año, la Corte Suprema de Justicia y los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, y los respectivos jueces, harán los nombramientos para proveer los cargos que entrarán a funcionar a partir del 1º de marzo del presente año, de conformidad con el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 229 de 1973