°. Restablecense las siguientes Administraciones de Aduana y Hacienda Nacional, con el personal y asignaciones que a continuación se expresa: Administración de aduana y hacienda Leticia. Administrador cajero $ 300.00 Mensuales. Un secretario contador 200.00 " Administración de aduana y hacienda. Córdoba (La Pedrera). Administrador cajero 300.00 " Secretario contador 160.00 " Administración de aduana y hacienda de San Andrés islas Administrador cajero 350.00 " Secretario contador 200.00 " Administrador de aduana y hacienda Arauca Administrador cajero 350.00 " Secretario contador 240.00 " Administración de aduana y hacienda puerto Carreño. Administrador cajero 250.00 " Secretario contador 175.00 " Administrador de aduana y hacienda de Tarapá Administrador cajero 250.00 " Secretario contador "
Decreto 603 de 1952 →Vigente
Artículo 2
Restablecense Las Siguientes Administraciones De Aduana Y Hacienda Nacional, Con El Personal Y Asignaciones Que A Continuación Se Expresa: Administración De Aduana Y Hacienda Leticia
Decreto 603 de 1952 · Por el cual se reorganizan unas Aduanas de la República y Administraciones de Hacienda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.