Micelio

Artículo 9

º El Servicio Básico De Transmisión De Datos Se Prestará A Través De Los Siguientes Medios De Telecomunicaciones Pertenecientes A La Empresa Nacional De Telecomunicaciones-Telecom- Y A Las Administraciones Telefónicas Locales, O De Aquellos Pertenecientes A Los Concesionarios Mencionados En El Artículo 6º: A) Red Pública De Transmisión De Datos Con Conmutación De Paquetes, La Cual Se Identificará Como -Coldapaq-; B) Red Telefónica Conmutada; C) Red Telex; D) Circuitos Arrendados O Dedicados Punto A Punto O Multipunto; E) Red Digital De Servicios Integrados; F) Redes Especializadas

Decreto 2490 de 1987 · por el cual se dictan normas sobre el servicio básico de transmisión de datos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El servicio básico de transmisión de datos se prestará a través de los siguientes medios de telecomunicaciones pertenecientes a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom- y a las Administraciones Telefónicas Locales, o de aquellos pertenecientes a los concesionarios mencionados en el artículo 6º

a)

Red pública de Transmisión de Datos con conmutación de paquetes, la cual se identificará como -Coldapaq-;

b)

Red Telefónica Conmutada;

c)

Red Telex;

d)

Circuitos arrendados o dedicados punto a punto o multipunto;

e)

Red Digital de Servicios Integrados;

f)

Redes Especializadas.

Parágrafo

El Ministerio de Comunicaciones reglamentará la prestación del servicio básico de transmisión de datos a través de las Redes Digitales de Servicios Integrados y Redes Especializadas a que se refieren las literales e) y f) respectivamente, del presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2490 de 1987