El funcionario público que, fingiendo la existencia de un instrumento, escritura o documento público, simula una copia y la entrega en forma legal, o bien, entrega una copia diferente del original, sin que éste haya sido alterado o suprimido, será castigado con la pena de reclusión por dos a siete años, y si el documento es de los que la ley tiene como auténticos, la pena será de tres a ocho años.
Si la falsedad se comete en un certificado que se refiera a los instrumentos, escrituras o documentos, la pena será de reclusión por ocho meses a tres años.