°. Prohibir la importación para uso humano de materias primas, materiales, productos semielaborados o terminados de bovino, ovino o caprino en cuya composición se encuentren Materiales Específicos de Riesgo, MER, para la elaboración de cosméticos, medicamentos y dispositivos médicos, incluidos vacunas y otros productos biológicos provenientes de países en los cuales se hayan registrado casos autóctonos de Encefalopatía Espongiforme Bovina, EEB, según registro vigente de la OIE.
Artículo 9
Prohibir La Importación Para Uso Humano De Materias Primas, Materiales, Productos Semielaborados O Terminados De Bovino, Ovino O Caprino En Cuya Composición Se Encuentren Materiales Específicos De Riesgo, Mer, Para La Elaboración De Cosméticos, Medicamentos Y Dispositivos Médicos, Incluidos Vacunas Y Otros Productos Biológicos Provenientes De Países En Los Cuales Se Hayan Registrado Casos Autóctonos De Encefalopatía Espongiforme Bovina, Eeb, Según Registro Vigente De La Oie
Decreto 2350 de 2004 · por el cual se establecen medidas de salud pública para la prevención y vigilancia, de las enfermedades causadas por priones, prioritariamente de la variante de la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob (vCJ)
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.