Micelio

Artículo 29

Agotamiento De La Conciliación Prejudicial

Decreto 2511 de 1998 · por el cual se reglamenta la conciliación extrajudicial contencioso administrativa y en materia laboral previstas en la Parte III, Título I, capítulos 1, 2 y 3, Secciones 1, 2 y 3 de la Ley 446 de 1998, y en los artículos 19, 21 y 22 del Código Procesal del Trabajo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Agotamiento de la conciliación prejudicial. 1.Agotada la conciliación con acuerdo parcial o total, el conciliador dejará expresa constancia en el acta sobre los siguientes aspectos

a)

Identificación de las partes, de sus representantes y apoderados, según el caso; b)Fecha de la audiencia; c)Pretenciones no conciliadas, y d) Constancia de lo no conciliado; y de la aprobación de lo conciliado o de la improbación del acuerdo entre las partes, en el caso de que la conciliación se haya efectuado ante funcionario administrativo o judicial. 2.Agotada la conciliación sin acuerdo alguno, el conciliador dejará expresa constancia en el acta sobre los siguientes aspectos: a) Identificación de las partes, de sus representantes y apoderados, según el caso;

b)

Fechas de citación a la audiencia;

c)

Constancia de la imposibilidad del acuerdo. 3. Agotado el trámite conciliatorio por inasistencia de las partes, el funcionario o conciliador dejará expresa constancia en el acta sobre los siguientes aspectos: a) Identificación de las partes, de sus representantes y apoderados, según el caso; b) Identificación de quienes se hicieron presente en la audiencia; c) Fechas de citación a la audiencia;

d)

Constancia de inasistencia de la(s) partes(s).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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