º. Funciones de la Oficina Jurídica. Con base en lo dispuesto en el presente Decreto, las funciones de la Oficina Jurídica serán las siguientes
Atender los procesos judiciales y administrativos en que la Nación Ministerio de Defensa Nacional sea parte y promover las acciones legales para proteger los intereses de la misma.
Asesorar y conceptuar oportunamente desde el punto de vista jurídico sobre los asuntos del Sector Defensa, que se sometan a su consideración.
Asistir jurídicamente a las diferentes entidades del Sector.
Proponer y mantener mecanismos de coordinación intrasectorial e intersectorial, en lo relacionado con los asuntos de su competencia.
Atender en forma oportuna el derecho de petición y velar por la aplicación estricta de la Constitución y la ley.
Adelantar estudios y análisis sobre asuntos jurídicos, emitir conceptos y recopilar normas, jurisprudencia y doctrina, así como velar por el trámite oportuno de la documentación jurídica inherente al Ministerio.
Asesorar jurídicamente en forma oportuna y eficiente al Secretario General y al Ministro de Defensa Nacional.
Apoyar al Ministro o a sus delegados en el desarrollo de las actuaciones contractuales, conforrne a la ley.
Analizar las necesidades normativas del Sector, proponer a consideración del Ministro proyectos de ley, decretos, resoluciones y demás actos administrativos que las satisfagan.