° Rebájase al dos por ciento (2%) hasta el 31 de diciembre de 1976 el gravamen arancelario de la subposición 10.03.89.00 correspondiente a otras cebadas.
Decreto 1753 de 1976 →Vigente
Artículo 2
Rebájase Al Dos Por Ciento (2%) Hasta El 31 De Diciembre De 1976 El Gravamen Arancelario De La Subposición 10
Decreto 1753 de 1976 · Por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.