Micelio

Artículo 14

Decreto 90 de 2000 · por el cual se reglamenta los artículos 7°, 8°, 9°, 10 y 23 de la Ley 550 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cesación de funciones. Las funciones del promotor cesarán además de los casos previstos en la Ley 550 de 1999, en los siguientes eventos

1.

Como consecuencia de la renuncia por justa causa, debidamente sustentada ante el nominador y aceptada por este, una vez la persona designada como reemplazo acepte el cargo.

2.

En caso de remoción.

3.

En caso de muerte.

4.

Cuando no otorgue la garantía a que alude el artículo 10 de la Ley 550 de 1999 dentro del término fijado en el presente decreto.

5.

Cuando prosperare una recusación. CAPITULO SEGUNDO Peritos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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