Micelio

Artículo 227

Ley 106 de 1873 · Código Fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 227. Se autoriza al Poder Ejecutivo para celebrar con el Gobierno de Venezuela un convenio aduanero, con el objeto de facilitar i hacer efectiva la recaudacion de los derechos de las mercancías que se importen para los pueblos fronterizos de ambas naciones. El convenio que se celebre será sometido a la aprobacion del Congreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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