Micelio

Artículo 2.3.2.5.2.3

Coordinación Intra E Interinstitucional

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación intra e interinstitucional. El Ministerio del Interior, como ente rector y responsable de la Política Pública de Diálogo Social (PPDS) en el marco de la Seguridad Humana, a través del Viceministerio para el Diálogo Social y los Derechos Humanos, coordinará con gobernaciones, alcaldías, entidades nacionales y organizaciones sociales la implementación de protocolos de gestión, tratamiento y transformación, en cumplimiento de los principios constitucionales de la función administrativa de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, y en desarrollo del principio de coordinación. Todas las entidades deberán participar activamente y articular sus acciones conforme a los parámetros de subsidiariedad, concurrencia y complementariedad para garantizar la acción coordinada entre niveles de gobierno en asuntos de interés general.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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