Decreto 186 de 1956 · Por el cual se reglamenta el Decreto 893 de 1955
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cuando haya lugar a decretar la prueba pericial, el inspector designará el perito único, conforme a lo establecido en el artículo 51 del código de procedimiento del trabajo (decreto 2158 de 1948).
El inspector conocerá de las tachas o recusaciones que se propongan contra el perito, y de las objeciones que se formulen a su dictamen siguiendo las normas al respecto del código de procedimiento civil (Ley 105 de 1934).
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.