Micelio

Artículo 1

Decreto 2031 de 1957 · Por el cual se crean Escuelas Alternas para la extensión de la Educación Primaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir del Curso Escolar 1958 se establecerán Escuelas Alternas para grupos distintos de escolares en las escuelas públicas primarias oficiales del país donde las cifras de matrícula lo hagan necesario. Dichas escuelas alternas funcionarán en régimen de sesión única, mañana y tarde, duplicando así la capacidad de matrícula.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2031 de 1957