Artículo único. Concédese a cada una de las señoras Isabel i Carmen Echeverría, miéntras permanezcan solteras, una pension mensual de veinticinco pesos
Ley 85 de 1880 →Vigente
Artículo 1
Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá, 5 De Agosto De 1880
Ley 85 de 1880 · Por la cual se concede pensión a las señoras Isabel i Carmen Echevarría
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.