Micelio

Artículo 17

Declárase El Alcance Del Artículo 18 De La Ley 1º De 1943, En El Sentido De Que Los Acuerdos Sobre Contribuciones De Valorización No Necesitan Para Su Validez De La Aprobación Expresa Del Respectivo Gobernador O Intendente

Decreto 1604 de 1966 · Por el cual se dictan normas sobre valorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárase el alcance del artículo 18 de la Ley 1º de 1943, en el sentido de que los acuerdos sobre contribuciones de valorización no necesitan para su validez de la aprobación expresa del respectivo Gobernador o Intendente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1604 de 1966