Artículo único. Del sueldo de la partida global apropiada en el Capítulo 74, artículo 1054 del Presupuesto Nacional para la vigencia de 1955, para auxilios destinados a la dotación, y sostenimiento de los hospitales del país, de acuerdo con el plan hospitalario nacional de que trata, el Decreto legislativo número 2554 de 1950, según distribución, que hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año", destínase la siguiente partida: Capítulo 74, artículo 1054. Clave. Ord. Municipio. Institución. Aprop. B2II 307 Chaparral (Tolima) Hospital San Juan Bautista $4.000.00 Comuníquese, y cúmplase.
Artículo 1054
Del Presupuesto Nacional Para La Vigencia De 1955, Para Auxilios Destinados A La Dotación, Y Sostenimiento De Los Hospitales Del País, De Acuerdo Con El Plan Hospitalario Nacional De Que Trata, El Decreto Legislativo Número 2554 De 1950, Según Distribución, Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado, En El Año", Destínase La Siguiente Partida: Capítulo 74, Artículo 1054
Decreto 2361 de 1955 · Por el cual se asigna una partida del saldo de la apropiación global para auxilios de sostenimiento y dotación de los Hospitales del país
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.