Micelio

Artículo 9

Criterios De Selección

Ley 2618 de 2026 · Por medio de la cual se crea el programa de alimentación universitaria (PAU) para las universidades públicas de Colombia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Universidades Públicas definirán los criterios que se tendrán en cuenta para seleccionar los beneficiarios del programa de alimentación, dentro de los que deben tener en cuenta como mínimo los siguientes:

1.

Los beneficiarios deben ser estudiantes de pregrado regular, o admisión especial según criterios o programas de cada Universidad pública que pretenden favorecer el ingreso a ciertas minorías poblacionales y deben estar debidamente matriculados.

2.

Los estudiantes de pregrado regular de las Universidades Públicas se deben encontrar activos y matriculados académica y financieramente.

3.

Las universidades podrán considerar la situación disciplinaria del estudiante como uno de los criterios de priorización, respetando el principio de proporcionalidad.

4.

Los estudiantes no deben estar vinculados o inscritos en otro programa ·de alimentación institucional que cubra las mismas necesidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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