Micelio

Artículo 2

El Fondo Rotatorio De Las Escuelas Vocacionales O De Trabajo Agrícola, Estará Destinado Al Sostenimiento, Ensanche Y Creación De Esta Clase De Escuelas, Y Además, Al Pago De Cuentas Por Gastos Verificados En Estos Mismos Establecimientos; Será Manejado Por El Contador-Habilitado De Escuelas Vocacionales En Cuenta Especial Y No Podrá Ser Afectado Sino Mediante Resolución Ministerial

Decreto 306 de 1945 · Por el cual se crea el Fondo Rotatorio de las Escuelas Vocacionales o de Trabajo Agrario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Fondo Rotatorio de las Escuelas Vocacionales o de Trabajo Agrícola, estará destinado al sostenimiento, ensanche y creación de esta clase de escuelas, y además, al pago de cuentas por gastos verificados en estos mismos establecimientos; será manejado por el Contador-Habilitado de Escuelas Vocacionales en cuenta especial y no podrá ser afectado sino mediante Resolución ministerial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 306 de 1945