Art 4.° Para gozar de la reducción y las exenciones de derechos referidos, los interesados pasarán una relación de los materiales, instrumentos y máquinas de que se trata, al Ministerio de Hacienda, de donde, con conocimiento de causa, se darán las órdenes respectivas á los Administradores de las Aduanas por donde se haga la instrucción, á efecto de que se cumplan las anteriores disposiciones y se dictarán las providencias conducentes á evitar todo fraude para el Tesoro público.
Ley 16 de 1903 →Vigente
Artículo 4
Ley 16 de 1903 · por la cual se fijan unos derechos y se hace exención de otros a una empresa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.