Artículo segundo. Créase el cargo de Ingeniero Interventor de las obras del Hospital-Sanatorio para Tuberculosos, de Cartagena, con sueldo mensual de $ 800, el que se cubrirá con la suma que se apropie en el Presupuesto vigente para tales obras.
Decreto 1718 de 1951 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1718 de 1951 · Por el cual se crean dos cargos de Interventores en el Ministerio de Obras Públicas y se hacen los nombramientos correspondientes (ramo de Edificios)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.