Art. 12. El manifiesto será una copia fiel de la factura, i a sus tres ejemplares se dará el siguiente destino, despues de copiar en ellos la correspondiente liquidación: uno se entregará al introductor, de acuerdo con el artículo 120 del Código; otro se remitirá a la Sacretaría de Hacienda por el inmediato correo i el otro se conservará en la Aduana.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.