Micelio

Artículo 2

Modifíquese El Artículo 8° Del Decreto 2465 De 2010, El Cual Quedará Así: Artículo 8°

Decreto 2683 de 2010 · por el cual se modifica el Decreto 2465 de 2010.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 8° del Decreto 2465 de 2010, el cual quedará así: Artículo 8°. Documento de viaje . El documento de viaje es la libreta expedida por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores, a los apátridas, asilados, refugiados, a los extranjeros que se encuentran en Colombia que no tengan representación Diplomática o Consular en el país, y a los demás extranjeros, que, a juicio del Ministerio, están imposibilitados para obtener pasaporte del país de origen. La libreta tiene doce (12) páginas, su expedición y vigencia se regirá por lo dispuesto en el Decreto 607 de 2002 y aquellas normas que lo sustituyan, modifiquen o deroguen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2683 de 2010